Artículo 22 del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Los Grupos Voluntarios son aquellos que ya están registrados y al día en el registro oficial, como lo marca el Código Administrativo. Si su inscripción sigue vigente, entonces cuentan como Grupo Voluntario. El registro es una lista oficial donde se anotan estos grupos para que sean reconocidos.
Texto oficial
Artículo 22. Serán considerados como Grupos Voluntarios, aquellos cuya inscripción se encuentre vigente en el registro, de conformidad con lo dispuesto en el Código Administrativo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.