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Artículo 13 del Reglamento de la Ley de Turismo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que el Consejo va a armar equipos de trabajo, entre ellos cuatro principales. El primer equipo se encarga de apoyar el turismo y hacer que los destinos turísticos del estado sean más competitivos. El segundo equipo busca mejorar la calidad de los servicios, fomentar la cultura del turismo y atraer inversiones privadas. El tercer equipo promociona los destinos turísticos del estado en ferias y eventos para que más gente los conozca y los visite. El cuarto equipo da consejos y opiniones técnicas sobre cómo hacer que el turismo crezca en la entidad.

Texto oficial

Artículo 13.- El Consejo integrará, entre otras, las comisiones siguientes: I. De gestión pública, que coordinará las acciones en apoyo al programa de fomento al turismo y promoverá ante las instancias correspondientes las solicitudes necesarias para aumentar la competitividad de los destinos turísticos de la entidad; II. De desarrollo, que fomentará la cultura turística, el mejoramiento de la calidad de los servicios y la inversión privada en equipamiento e instalaciones, a fin de lograr una mayor integración de los componentes del sistema local que forman parte de los destinos turísticos; III. De comercialización, que apoyará y facilitará la presentación y acercamiento de los destinos turísticos de la entidad a los mercados local, regional, nacional e internacional, a través de eventos de promoción de imagen, de negocios y de venta anticipada; y IV. De apoyo técnico, que emitirá opiniones y dictámenes sobre las acciones tendientes a promover el desarrollo turístico en la entidad y a participar en la instrumentación de los mismos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.