Artículo 15 del Reglamento de la Ley de Turismo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo va a ayudar a que se formen grupos de personas que den su opinión sobre el turismo en tu región o municipio, como si fueran comités de vecinos del turismo. A esos grupos los llaman Consejos Consultivos Turísticos Regionales (para zonas más grandes) y Municipales (para tu ciudad o pueblo). La ley dice que estos consejos son los que van a asesorar y dar ideas para mejorar el turismo local.
Texto oficial
Artículo 15.- Conforme a lo dispuesto en la Ley, el Consejo, promoverá la creación de consejos consultivos turísticos regionales y municipales. Para efectos de este capitulo, se entenderá como: Consejos Regionales; a los Consejos Consultivos Turísticos Regionales. Consejos Municipales; a los Consejos Consultivos Turísticos Municipales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.