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Artículo 15 del Reglamento de la Ley de Turismo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo va a ayudar a que se formen grupos de personas que den su opinión sobre el turismo en tu región o municipio, como si fueran comités de vecinos del turismo. A esos grupos los llaman Consejos Consultivos Turísticos Regionales (para zonas más grandes) y Municipales (para tu ciudad o pueblo). La ley dice que estos consejos son los que van a asesorar y dar ideas para mejorar el turismo local.

Texto oficial

Artículo 15.- Conforme a lo dispuesto en la Ley, el Consejo, promoverá la creación de consejos consultivos turísticos regionales y municipales. Para efectos de este capitulo, se entenderá como: Consejos Regionales; a los Consejos Consultivos Turísticos Regionales. Consejos Municipales; a los Consejos Consultivos Turísticos Municipales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.