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Artículo 16 del Reglamento de la Ley de Turismo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los Consejos Regionales o Municipales son grupos de especialistas que ayudan a los ayuntamientos (el gobierno de tu ciudad o pueblo) a tomar decisiones sobre el turismo. Su chamba es estudiar cómo está el turismo en tu región, analizar qué se necesita y proponer ideas para mejorarlo. No deciden nada ellos solos, solo dan sugerencias y asesoría técnica a las autoridades locales.

Texto oficial

Artículo 16.- Los Consejos Regionales o Municipales, serán órganos técnicos y de asesoría de los ayuntamientos, encargados de estudiar, analizar y proponer alternativas tendientes al desarrollo turístico de la región o del municipio.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.