Artículo 21 del Reglamento de la Ley de Turismo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los Consejos Municipales están formados por tres tipos de personas: el presidente municipal (que es el presidente del consejo), un secretario técnico (elegido por el mismo consejo, pero a sugerencia del presidente), y los vocales (que son representantes de empresas o grupos que ofrecen servicios turísticos en el municipio).
Texto oficial
Artículo 21.- Los Consejos Municipales, estarán integrados por: I. Un presidente, quien será el presidente municipal; II. Un secretario técnico, quien será designado por el consejo municipal a propuesta de su presidente; III. Vocales, quienes serán los representantes de asociaciones o empresas prestadoras de servicios turísticos del municipio.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.