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Artículo 29 del Reglamento de la Ley de Turismo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que los Consejos Regionales o Municipales pueden crear grupos de personas para trabajar en temas específicos, como comisiones o equipos de trabajo. También pueden invitar a expertos o especialistas a que los ayuden en sus tareas. Esto lo hacen para tener más apoyo y conocimientos en lo que están haciendo. Es como cuando en un equipo pides ayuda a alguien que sabe mucho del tema.

Texto oficial

Artículo 29.- Los Consejos Regionales o Municipales podrán designar comisiones o grupos de trabajo, así como invitar a expertos y especialistas a participar en sus trabajos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.