Artículo 30 del Reglamento de la Ley de Turismo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las comisiones o grupos de trabajo tienen que poner por escrito su opinión sobre cada asunto que les hayan encargado. Después, esa opinión se la entregan al secretario técnico, que es como el encargado de llevar los papeles. Luego, el secretario técnico presenta esa opinión al consejo regional o municipal para que ellos la analicen y decidan. En pocas palabras, es el proceso para que las ideas de un grupo lleguen a los que toman las decisiones finales.
Texto oficial
Artículo 30.- Las comisiones o grupos de trabajo, emitirán por escrito opiniones de cada asunto que se les haya turnado y serán llevadas a consideración del consejo regional o municipal por conducto del secretario técnico.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.