Artículo 34 del Reglamento de la Ley de Turismo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el gobierno del Estado quiera declarar un lugar como zona de interés turístico, debe publicar un decreto que incluya varias cosas. Primero, tiene que explicar qué hace que esa zona sea atractiva para el turismo. Segundo, debe señalar las áreas naturales que están dentro de esa zona, para qué sirven y cómo se pueden aprovechar. Tercero, tiene que hacer un listado detallado de todo lo que hay ahí: el tipo de suelo, cuánta gente vive, qué trabajos hacen, qué servicios turísticos existen y qué más se puede hacer. Por último, debe crear un plan que integre cómo se va a desarrollar la zona en lo urbano, lo ecológico y lo turístico, tomando en cuenta el estado actual y cómo mejorarlo.
Texto oficial
Artículo 34.- El decreto del Ejecutivo del Estado que establezca una zona de interés turístico, además de lo previsto en la Ley, deberá: I. Contener los elementos que incidan en el desarrollo potencial del turismo; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 16 de julio de 1999 Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE LA LEY DE TURISMO DEL ESTADO DE MEXICO 6 II. Señalar las áreas naturales ubicadas dentro de la limitación, su función y posibles aprovechamientos; III. Inventariar las características de la zona, incluyendo aspectos físicos, tipo de suelo, demografía, actividad económica, bienestar social, indicadores turísticos, patrimonio, servicios turísticos, actividades potenciales y reales, equipamiento, instalaciones y servicios complementarios; y IV. Integrar un programa regional de desarrollo urbano, ecológico y turístico, incluyendo antecedentes, diagnóstico-pronóstico, condicionantes de ordenamiento ecológico y del desarrollo del turismo urbano, rural y natural, estrategia de ordenamiento y regulación para evaluar las condiciones para su desarrollo turístico.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.