Artículo 102 del Reglamento de la Ley Registral para el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si tienes un permiso o derecho que es por un tiempo definido o de por vida, puedes cancelarlo. Solo necesitas avisar por escrito y comprobar que ya se cumplió el plazo o que la persona que lo tenía falleció. En pocas palabras, para dar de baja ese derecho, tienes que entregar un documento y demostrar que ya pasó el tiempo o que el dueño murió.
Texto oficial
Artículo 102.- La cancelación de derechos temporales o vitalicios, procederá cuando se realice la manifestación correspondiente por escrito y se acredite el cumplimiento del plazo o el fallecimiento del titular.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.