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Artículo 102 del Reglamento de la Ley Registral para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un permiso o derecho que es por un tiempo definido o de por vida, puedes cancelarlo. Solo necesitas avisar por escrito y comprobar que ya se cumplió el plazo o que la persona que lo tenía falleció. En pocas palabras, para dar de baja ese derecho, tienes que entregar un documento y demostrar que ya pasó el tiempo o que el dueño murió.

Texto oficial

Artículo 102.- La cancelación de derechos temporales o vitalicios, procederá cuando se realice la manifestación correspondiente por escrito y se acredite el cumplimiento del plazo o el fallecimiento del titular.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.