Artículo 11 del Reglamento de la Ley Registral para el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser Registrador, necesitas tener título de licenciado en Derecho y al menos dos años de experiencia en temas de registro. También no debes haber sido sentenciado por un delito hecho a propósito (delito doloso) ni estar acusado de delitos contra la administración y la fe públicas, como corrupción o falsificación. Se requiere que seas una persona honesta y de confianza (reconocida probidad). Además, tienes que pasar los exámenes que ponga el Instituto de la Función Registral del Estado de México.
Texto oficial
Artículo 11.- Para ocupar el cargo de Registrador se deberán cumplir los requisitos siguientes: I. Tener título de licenciado en derecho legalmente registrado; II. Contar por lo menos con dos años de experiencia en materia registral; III. No haber sido condenado por delito doloso o procesado por delitos en contra de la administración y fe públicas; IV. Ser de reconocida probidad; V.- Aprobar los exámenes que al efecto establezca el Instituto de la Función Registral del Estado de México
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.