Artículo 56 del Reglamento de la Ley Registral para el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que cuando entregues un aviso, si tus datos están bien escritos, el registrador lo anotará. Pero si los datos están incorrectos, incompletos o faltan, no se hará la anotación y el registrador te explicará por escrito los motivos por los que no se pudo hacer, para que puedas corregirlo. El trámite se detendrá y te avisarán publicando la suspensión en el Boletín Electrónico del registro. A partir de esa publicación, tienes 10 días hábiles para corregir los errores. Si no corriges en ese tiempo, el registrador negará la anotación y te devolverá tu solicitud y documentos. No hay problema, puedes volver a presentar todo otra vez si quieres.
Texto oficial
Artículo 56.- Los avisos se anotarán, si contienen correctamente los datos a que refiere la Ley, el Código y el presente Reglamento. En el caso de que éstos sean incorrectos, incompletos u omitidos, no se hará la anotación preventiva o definitiva, y el Registrador suspenderá la anotación del mismo, en la que se harán saber los motivos y fundamentos legales por los cuales no se efectúa la anotación, a fin de que subsane los defectos del aviso. La suspensión del trámite se notificara mediante publicación hecha en el Boletín Electrónico que será fijado en los estrados de la Oficina Registral. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 09 de enero de 2012. Última reforma POGG: 8 de abril de 2022. REGLAMENTO DE LA LEY REGISTRAL PARA EL ESTADO DE MÉXICO 17 El término para subsanar los datos incorrectos incompletos u omitidos, será de diez días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de la suspensión. Para el caso de que el interesado no subsane las causas de suspensión dentro del término antes señalado, se procederá a negar la misma y se dejará a su disposición la correspondiente solicitud y documentos anexos sin perjuicio de que presente nuevamente su solicitud.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.