Artículo 17 del Reglamento de la Ley de la Juventud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada equipo de trabajo (grupos de trabajo) puede decidir cómo organizarse y cómo hacer sus actividades. Esta libertad la tienen según los temas y metas específicas que les hayan encargado. Es decir, el reglamento no dice exactamente cómo deben operar, sino que ellos mismos pueden acomodarse. Lo importante es que todo lo que hagan esté enfocado en cumplir con lo que se les pidió.
Texto oficial
Artículo 17.- Los grupos de trabajo determinarán su organización y funcionamiento, de acuerdo con los asuntos y objetivos que les sean encomendados. CAPÍTULO III DE LOS EJES DE OPERACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ORGANISMOS AUXILIARES Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 30 de mayo de 2012. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE LA LEY DE LA JUVENTUD DEL ESTADO DE MÉXICO 5
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.