- Ley
- Reglamento de la Ley de la Juventud del Estado de México
- Artículo
- 4
Artículo 4 del Reglamento de la Ley de la Juventud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo se va a formar exactamente como lo dice la ley, ni más ni menos. Esto significa que los miembros y la manera de organizarlos ya están establecidos en otro documento legal. No hay decisiones al aventón ni cambios a capricho; todo debe seguir las reglas ya escritas. En resumen, para saber quiénes lo componen y cómo funciona, hay que revisar la ley que lo regula.
Texto oficial
Artículo 4.- El Consejo se integrará en la forma prevista por la Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.