Artículo 158 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Una concesión es como un permiso que el gobierno te da para usar un bien público. Para que sea válido, ese permiso debe darse por escrito en un documento oficial que se llama "título de concesión". En ese documento deben venir claros tres datos: qué es exactamente lo que te permiten hacer, qué tipo de permiso es y hasta dónde llega tu derecho de usarlo.
Texto oficial
Artículo 158. Las concesiones se otorgarán por escrito, mediante título de concesión, en el que se incluirán el objeto, tipo y alcance de las mismas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.