Artículo 182 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se anuncie quién ganó un concurso o licitación, el documento de la propuesta ganadora estará disponible por 3 días para que los demás participantes puedan revisarlo y, si quieren, decir algo en defensa de sus derechos. Las propuestas que fueron rechazadas se les devolverán a los participantes que las pidan, pero solo después de que pasen 60 días desde que se dio a conocer el resultado, a menos que haya algún trámite pendiente. Si alguien no pide la devolución de su propuesta en ese tiempo, el documento será destruido hasta que termine todo el proceso legal relacionado.
Texto oficial
Artículo 182. La propuesta ganadora estará a disposición de los concursantes interesados durante tres días a partir de que se haya dado a conocer el fallo correspondiente, para que, en su caso, manifiesten lo que a su derecho convenga. Las propuestas desechadas durante el concurso serán devueltas a los concursantes que lo soliciten, una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo, salvo que exista algún procedimiento en trámite. Si no fuese solicitada la devolución de las propuestas en el término señalado, serán destruidas a la total conclusión de dicho procedimiento. Sección Cuarta De los Actos Posteriores al Fallo Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 12 de septiembre de 2014. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE LA LEY DEL AGUA PARA EL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 64
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.