Artículo 23 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión Técnica es la que coordina cómo se hacen las reglas técnicas del agua, y el Comité de Normalización las revisa y las aprueba. Para empezar, las áreas que quieren una nueva norma le mandan a la Comisión un borrador de la regla y un estudio de impacto. La Comisión luego pasa ese borrador a los miembros del Comité para que den su opinión. Después, un Secretario Técnico arma el proyecto final con base en los comentarios que llegaron, y lo presenta al Comité para que lo discutan y lo aprueben o no. Si hace falta, también pueden invitar a especialistas o representantes de municipios y organismos del agua para que den su punto de vista antes de tomar una decisión.
Texto oficial
Artículo 23. La elaboración de las normas técnicas estatales será coordinada por la Comisión Técnica, por lo que corresponde al Comité de Normalización la revisión y aprobación de dichas normas, de acuerdo con el procedimiento que establezca el Reglamento Interior de la primera, en el cual se tomará en cuenta lo siguiente: I. Las áreas interesadas en la emisión de determinadas normas a las que la Ley y el presente Reglamento hacen referencia, enviarán a la Comisión Técnica los anteproyectos de normas cuya emisión solicitan y, en su caso, el estudio de impacto regulatorio. II. Recibidos los anteproyectos, la Comisión Técnica los hará circular entre los integrantes del Comité de Normalización, para la emisión de observaciones. III. El Secretario Técnico integrará los proyectos de normas con base en el anteproyecto de las mismas, debiendo acompañarlos, en su caso del estudio de impacto regulatorio respectivo. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 12 de septiembre de 2014. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE LA LEY DEL AGUA PARA EL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 17 IV. El proyecto de normas contendrá los comentarios y opiniones que eventualmente se reciban, para su presentación al pleno del Comité de Normalización en su siguiente reunión. Para la elaboración de dicho proyecto, podrá solicitar el apoyo de las dependencias estatales involucradas en el proyecto de norma de que se trate. V. La Comisión Técnica convocará al Comité de Normalización para la discusión y, en su caso, aprobación de las normas, debiendo acompañar los proyectos de normas que serán motivo de análisis, opinión y/o resolución. VI. La Comisión Técnica podrá convocar a representantes de las dependencias estatales, de los municipios y/o de organismos operadores del agua cuya presencia se considere pertinente a especialistas en la materia de la norma técnica a analizar, así como a representantes de organizaciones vinculadas con la materia del agua, cuya opinión y participación sea considerada necesaria o relevante para tomar resoluciones.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.