Artículo 43 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Los municipios pueden opinar y ayudar a planear cómo se usa el agua en el país. Para eso, mandan a sus representantes a las juntas del Consejo, que es un grupo donde se toman decisiones importantes sobre el agua. Así, los pueblos y ciudades tienen voz en esos planes.
Texto oficial
Artículo 43. Los municipios participarán en la programación hídrica, por conducto de sus representantes en el marco de las reuniones del Consejo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.