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Ley
Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios
Artículo
47

Artículo 47 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión checa de vez en cuando cómo va el Programa Hídrico y sus programas especiales. Si ve que algo no está funcionando bien, puede proponer cambios para mejorarlos y así cumplir con las metas que se prometieron. También puede modificar la forma en que se aplican esos programas si eso ayuda a que funcionen mejor. Todo esto lo hacen para que el programa cumpla lo que prometió. En otras palabras, es como cuando ajustas un plan para que salga mejor.

Texto oficial

Artículo 47. La Comisión evaluará periódicamente los avances del Programa Hídrico y sus programas específicos y presentará, en su caso, las propuestas pertinentes para modificarlos mecanismos para su instrumentación cuando se trate de mejorar el desempeño para el cumplimiento de las metas previstas en el mismo. Sección Primera Del Programa de Fomento a la Cultura del Agua

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios (pág. 23) ↗

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