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Artículo 49 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión Técnica le va a mandar el plan anual para promover la cultura del cuidado del agua al Secretariado Técnico del Consejo. Esto lo tiene que hacer por lo menos 30 días antes de que se haga la segunda junta del Consejo. El "Secretariado Técnico" es como el equipo que apoya al Consejo para que funcione. Y una "sesión plenaria" es una reunión donde están todos los miembros del Consejo para tomar decisiones. En pocas palabras, el plan debe entregarse con tiempo suficiente para que lo revisen antes de la reunión importante.

Texto oficial

Artículo 49. La Comisión Técnica enviará el Programa de Fomento a la Cultura del Agua del ejercicio anual que corresponda, al Secretariado Técnico del Consejo, con al menos treinta días de anticipación a la fecha prevista para llevar a cabo la segunda sesión plenaria de este último. Sección Segunda Del Aprovechamiento del Agua Pluvial

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.