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Artículo 106 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité de Preservación de los Valores Éticos y Jurídicos le va a dar su opinión sobre cómo actúan los notarios tanto al Consejo Directivo del Colegio como a la Secretaría. Esa misma opinión servirá para que Consejo Directivo también dé su punto de vista y para que la Secretaría tome una decisión final.

Texto oficial

Artículo 106. El Comité de Preservación de los Valores Éticos y Jurídicos presentará al Consejo Directivo del Colegio y a la Secretaría las opiniones que formule respecto a la actuación de los notarios, que servirán de base para la opinión que emita al Consejo Directivo del Colegio y para la resolución que dicte la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.