- Ley
- Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México
- Artículo
- 12
Artículo 12 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Gobernador del Estado te dará un documento llamado "constancia de aspirante a notario" si pasas el examen correspondiente. Ese papel es como un comprobante oficial que dice que ya cumpliste con esa prueba. Sin ese resultado aprobatorio, no te lo pueden entregar. Es un requisito básico para empezar el proceso de ser notario.
Texto oficial
Artículo 12.- El Gobernador del Estado otorgará la constancia de aspirante a notario, a quienes hayan aprobado el examen.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.