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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl49/12
Ley
Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México
Artículo
12

Artículo 12 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Gobernador del Estado te dará un documento llamado "constancia de aspirante a notario" si pasas el examen correspondiente. Ese papel es como un comprobante oficial que dice que ya cumpliste con esa prueba. Sin ese resultado aprobatorio, no te lo pueden entregar. Es un requisito básico para empezar el proceso de ser notario.

Texto oficial

Artículo 12.- El Gobernador del Estado otorgará la constancia de aspirante a notario, a quienes hayan aprobado el examen.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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