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Artículo 35 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando dos o más notarios trabajan juntos como asociados, el Colegio les va a dar los folios (hojas oficiales numeradas) siguiendo el orden de los libros del notario que tenga más tiempo en el puesto. En los documentos que firmen estos notarios asociados, tienen que aclarar que están actuando como asociados, no como notarios solos. Así la gente sabe que están trabajando en equipo.

Texto oficial

Artículo 35.- Para el caso de notarios asociados, el Colegio los proveerá de los folios, continuando con el orden consecutivo de los volúmenes de la notaría más antigua; en los instrumentos autorizados por notarios asociados, se deberá hacer mención de que actúan con ese carácter. SECCION SEGUNDA DE LA SUSPENSION DE NOTARIOS Y DE LA TERMINACION DEL NOMBRAMIENTO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.