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Artículo 49 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los notarios tienen que anotar en un libro especial (el protocolo del patrimonio inmueble federal) todas las operaciones que se hagan con propiedades del gobierno federal, según lo que dice la Ley General de Bienes Nacionales.

Texto oficial

Artículo 49.- En el protocolo del patrimonio inmueble federal, los notarios asentarán las operaciones a que hace referencia la Ley General de Bienes Nacionales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.