Artículo 103 del Reglamento de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona que esté al frente de la Dirección de Infraestructura Tecnológica es la jefa o el jefe de ahí y va a tener gente y oficinas que le ayuden a hacer su trabajo. Sus responsabilidades incluyen: planear cómo apoyar con tecnología a los empleados de la Fiscalía (como resolver sus problemas técnicos), decidir si los proyectos de computación y comunicación son viables, y cuidar la seguridad de la información. También se encarga de manejar las redes de internet, teléfono y servidores, supervisar la instalación de cables y respaldar las bases de datos para que no se pierda información. Además, puede proponer mejoras a sus jefes y hacer todo lo que le pidan otras leyes o su superior directo.
Texto oficial
Artículo 103. Al frente de la Dirección de Infraestructura Tecnológica habrá una persona titular, quien se auxiliará de las unidades administrativas y las personas servidoras públicas que le sean adscritas y aquellas que le sean asignadas. Adicionalmente a las previstas en el artículo 14 del Reglamento, a la persona titular de la Dirección de Infraestructura Tecnológica le corresponde el ejercicio de las atribuciones siguientes: I. Planear la estrategia de atención de primer y segundo nivel, para las personas servidoras públicas de la Fiscalía General usuarias de los servicios de tecnologías de la información y comunicaciones Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 29 de junio de 2026. Sin Reforma. REGLAMENTO DE LA LEY DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO 127 II. Elaborar los dictámenes técnicos de los proyectos de tecnologías de la información y comunicaciones para su autorización. III. Planear, desarrollar e implementar la estrategia de seguridad de la información. IV. Administrar la red de voz, datos y servicios de colaboración y comunicaciones, infraestructura tecnológica, electromecánica y centros de datos. V. Supervisar la instalación y mantenimiento del cableado estructurado para la red de voz y datos, así como los enlaces de Internet. VI. Informar y proponer a la Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones sobre el mejoramiento de la infraestructura tecnológica, así como para la definición del plan estratégico. VII. Realizar los respaldos de las bases de datos de las unidades administrativas de la Fiscalía General e instrumentar las medidas necesarias para el resguardo, integridad y protección de la información. VIII. Las demás que señalen la Ley de la Fiscalía, el Reglamento, otras disposiciones jurídicas y las que les encomiende la persona titular de la Fiscalía General y su superior inmediato. SECCIÓN TERCERA DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMACIÓN, PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN Y EVALUACIÓN Atribuciones de la Dirección General de Información, Planeación, Programación y Evaluación
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.