Artículo 135 del Reglamento de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres un empleado de la Fiscalía General y faltas a tu trabajo aunque sea por un rato, tienes que avisar por qué faltaste o pedir permiso a tu jefe directo. Si faltas sin permiso, tus jefes deben reportarlo por escrito a tres áreas internas de la Fiscalía: la Oficialía Mayor, la Visitaduría General y el Órgano Interno de Control, y tienen que hacerlo de inmediato. Si no lo reportan, ellos mismos pueden meterse en problemas legales o administrativos.
Texto oficial
Artículo 135. Toda persona servidora pública de la Fiscalía General que falte temporalmente al ejercicio de sus funciones, deberá realizar la justificación correspondiente o, en su caso, haber obtenido la autorización respectiva de su superior inmediato. Las ausencias de las personas servidoras públicas sin la autorización correspondiente deberán ser informadas por escrito a la Oficialía Mayor, a la Visitaduría General y al Órgano Interno de Control, sin dilación alguna. La omisión en esta obligación dará lugar a la responsabilidad administrativa o penal, de los jefes inmediatos superiores de dichas personas servidoras públicas. Licencias
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.