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Artículo 136 del Reglamento de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un empleado de la Fiscalía General pide una licencia para faltar a su trabajo por un tiempo, tiene que hacerlo por escrito y explicar claramente por qué la necesita. Esa licencia se da siguiendo las reglas que ya están marcadas en la ley y en los manuales oficiales del gobierno. No basta con pedirla de palabra; todo debe quedar asentado en un documento. Esto es parte de cómo se manejan las salidas temporales del puesto.

Texto oficial

Artículo 136. El otorgamiento de licencias a las personas servidoras públicas de la Fiscalía General se realizará de conformidad con las disposiciones legales y administrativas aplicables. En toda solicitud de licencia deberán expresarse por escrito las razones que la motivan. CAPÍTULO TERCERO DE LA TERMINACIÓN DEL SERVICIO Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 29 de junio de 2026. Sin Reforma. REGLAMENTO DE LA LEY DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO 154 Terminación del Servicio

Ver ley oficial en el DOF (pág. 153) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.