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Artículo 140 del Reglamento de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Fiscalía General tiene que hacer un borrador de su presupuesto cada año, siguiendo las reglas oficiales que existen para eso. Para armarlo, debe basarse en su plan de trabajo, los proyectos que tiene y lo que reporta en sus informes anuales de actividades. También tiene que incluir en ese presupuesto el dinero que va a usar para programas federales, según lo que digan los acuerdos o convenios firmados. Todo esto lo reporta para que se pueda armar la cuenta pública, que es el registro oficial de cómo se gastó el dinero.

Texto oficial

Artículo 140. La Fiscalía General formulará su anteproyecto de Presupuesto de Egresos, de acuerdo con las normas presupuestales vigentes, con base en el Plan de Gestión Institucional, su programa presupuestario y proyectos anuales que se incluyan en los Informes Anuales de Actividades; el presupuesto deberá prever el ejercicio de los recursos por programas de apoyos federales establecidos en acuerdos o convenios, informando de ello para la integración de la cuenta pública. TÍTULO SÉPTIMO SISTEMA INFORMÁTICO DE GESTIÓN INSTITUCIONAL Objeto

Ver ley oficial en el DOF (pág. 155) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.