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Artículo 152 del Reglamento de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 152 dice que un área especial del gobierno, llamada Dirección General Jurídica y Consultiva, va a representar legalmente a la Comisión de Honor y Justicia cuando esta tenga problemas en algún juicio o trámite legal. Esto lo hará por medio de otra área que se llama Dirección de lo Contencioso, que es la encargada de ir a los juzgados o tribunales. En pocas palabras, si la Comisión de Honor y Justicia es demandada o tiene que ir a un juicio, no la defiende cualquier persona, sino unos abogados específicos del gobierno.

Texto oficial

Artículo 152. La Dirección General Jurídica y Consultiva, a través de la Dirección de lo Contencioso, tendrá la representación jurídico-contenciosa de la Comisión de Honor y Justicia en los procedimientos administrativos o jurisdiccionales en los que ésta sea parte. Del procedimiento

Ver ley oficial en el DOF (pág. 158) ↗

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