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Artículo 157 del Reglamento de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades que pueden castigar a los empleados de la Fiscalía (como policías o agentes) deben seguir los tiempos que marca la ley de seguridad pública para que no se caduque su derecho a sancionarlos. Si te sancionan, tienes derecho a impugnar, es decir, a inconformarte o pelear legalmente esa decisión. Esos plazos son como una fecha límite: si pasa mucho tiempo sin que te castiguen, ya no pueden hacerlo. Y si te castigan, puedes usar los recursos legales (como quejas o apelaciones) para defenderte.

Texto oficial

Artículo 157. Las autoridades y órganos competentes para imponer las sanciones al personal operativo que establece la Ley de la Fiscalía y su Reglamento, se sujetarán a los plazos de prescripción establecidos en la legislación en materia de seguridad pública. De los medios de impugnación

Ver ley oficial en el DOF (pág. 161) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.