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Artículo 5 del Reglamento de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La persona que está al mando de la Fiscalía General es la que decide cómo, cuándo y en qué orden se hacen las cosas. Ella pone las reglas, las metas y los límites para que el trabajo salga bien. Todo esto se hace siguiendo lo que dice la ley de la Fiscalía y otras normas que aplican. En pocas palabras, el jefe o jefa de la Fiscalía es quien organiza todo el plan de trabajo.

Texto oficial

Artículo 5. La Fiscalía General planeará, conducirá y desarrollará las funciones que tiene encomendadas en forma programada, de conformidad con las políticas, estrategias, prioridades y restricciones que para el logro de sus objetivos determine la persona titular de la Fiscalía General, en términos de la Ley de la Fiscalía y demás disposiciones jurídicas aplicables. TÍTULO SEGUNDO ESTRUCTURA ORGÁNICA CAPÍTULO PRIMERO ORGANIZACIÓN Unidades administrativas de la Fiscalía General

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.