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Artículo 6 del Reglamento de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 6 dice cómo está organizada la Fiscalía General para poder hacer su trabajo. Tiene varias áreas principales: la Oficina del Fiscal General, la Vicefiscalía General, y dos fiscalías centrales, una para delitos especializados y otra para violencia de género. Por ejemplo, hay unidades que se encargan de investigar robos de vehículos, homicidios, delitos contra el medio ambiente, y también casos de violencia contra mujeres, niños o personas desaparecidas. Cada una de estas áreas tiene equipos específicos, como fiscalías regionales o unidades de análisis, que ayudan a atender los casos según la zona o el tipo de delito.

Texto oficial

Artículo 6. Para el cumplimiento de los asuntos de su competencia, la Fiscalía General contará con unidades administrativas organizadas y adscritas conforme a lo siguiente: I. Oficina del Fiscal General a) Jefatura de Oficina. b) Coordinación General de Vinculación. c) Coordinación de Estudios y Proyectos Especiales. d) Coordinación General de Información y Políticas Públicas. e) Unidad de Transparencia. f) Unidad de Política Criminal. II. Vicefiscalía General a) Fiscalías Regionales, las que determine la persona titular de la Fiscalía General mediante Acuerdo y que tendrán a su cargo el despliegue regional en la circunscripción territorial que el propio Acuerdo determine, el cual deberá ser publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” b) Unidad Especial para la Investigación de los Delitos de Despojo y Contra la Seguridad de la Propiedad y Posesión de Inmuebles en la Entidad. c) Dirección General de Enlace Interinstitucional. III. Fiscalía Central de Atención Especializada a) Coordinación para la Investigación del Delito de Robo de Vehículo. i. Fiscalías Especializadas en la Investigación del Delito de Robo de Vehículo. ii. Unidad de Gestión de Información de Vehículos Robados. b) Coordinación de Combate al Homicidio. i. Fiscalías Especializadas de Homicidio. c) Fiscalía Especializada de Delitos cometidos contra el Transporte. d) Fiscalía Especializada de Robo con Violencia y Patrimoniales de Cuantía Mayor. e) Fiscalía Especializada de Delitos contra el Desarrollo Urbano y el Ambiente. f) Fiscalía Especializada de Delitos cometidos en contra de los Animales. g) Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión, Periodistas y Personas Defensoras de Derechos Humanos. h) Fiscalía de Asuntos Especiales. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 29 de junio de 2026. Sin Reforma. REGLAMENTO DE LA LEY DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO 6 IV. Fiscalía Central para la Atención de Delitos Vinculados a la Violencia de Género a) Fiscalía Especializada en Atención de Delitos por Razón de Género cometidos contra Mujeres, Niñas, Niños y Adolescentes i. Coordinaciones Regionales para la Atención de los Delitos Vinculados a la Violencia y Discriminación de Género. b) Fiscalía Especializada de Trata de Personas. c) Fiscalía Especializada para la Investigación y Persecución de Delitos en Materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición cometida por Particulares. i. Unidad de Análisis y Contexto de la Fiscalía Especializada para la Investigación y Persecución de Delitos en Materia de Desaparición Forzada de Personas y la Desaparición cometida por Particulares. d) Fiscalía Especializada de Feminicidio, Transfeminicidios y Crímenes de Odio. e) Fiscalía Especializada en Materia de Delitos cometidos por Adolescentes. f) Unidad de Análisis y Contexto para la Investigación de Delitos Vinculados a Feminicidios, Homicidios Dolosos y Desapariciones de Niñas y Mujeres. V. Fiscalía Central Jurídica a) Coordinación General de Litigación. i. Direcciones Generales de Litigación. b) Dirección General Jurídica y Consultiva. i. Dirección de Normatividad y Consulta. ii. Dirección de lo Contencioso. iii. Dirección del Órgano Substanciador. c) Dirección General de Amparos y Procedimientos Constitucionales. d) Dirección General de Medidas Cautelares. e) Dirección General de Derechos Humanos. VI. Fiscalía Central Especializada en Combate a los Delitos de Extorsión, Delitos Vinculados y Secuestro a) Fiscalías Especializadas de Extorsión, Delitos Vinculados y Secuestro. VII. Unidad de Cercanía Social y Atención Pronta a la Denuncia a) Dirección de Cercanía Social Valle de Toluca. b) Dirección de Cercanía Social Valle de México. c) Dirección de Cercanía Social Zona Oriente. d) Área del Sistema de Medios Alternativos de Denuncias y Querellas. e) Área de Apoyo Psicosocial. VIII. Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción a) Fiscalía Especializada de Delitos cometidos por Servidores Públicos. b) Fiscalía Especializada de Delitos cometidos por Servidores Públicos de las Instituciones de Seguridad Pública. c) Fiscalía Especializada para la Investigación del Delito de Tortura. d) Dirección General de Políticas Públicas. IX. Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales X. Agencia de Investigación Criminal a) Coordinación General de la Policía de Investigación. i. Dirección de Despliegue Regional. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 29 de junio de 2026. Sin Reforma. REGLAMENTO DE LA LEY DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO 7 ii. Dirección de Operaciones y Mandamientos Judiciales. b) Coordinación General de Servicios Periciales. c) Coordinación General de Investigación y Análisis. i. Dirección General de Análisis. ii. Dirección General de Investigación. d) Dirección General de Información Estratégica de Delitos de Alto Impacto. e) Dirección General de Operaciones Especiales de Delitos de Alto Impacto. f) Dirección General de Inteligencia Patrimonial y Financiera. g) Unidad de Protección de Sujetos que Intervienen en el Procedimiento Penal o Extinción de Dominio. h) Unidad de Adiestramiento de la Policía de Investigación. XI. Oficialía Mayor a) Dirección General de Administración. i. Dirección de Administración de Personal y Nómina. ii. Dirección de Procedimientos Adquisitivos, Almacén e Inventarios. iii. Dirección de Servicios Generales. iv. Dirección de Construcción y Mantenimiento de Obra Pública. v. Dirección de Armamento, Municiones y Equipo Especial. vi. Dirección de Recursos Financieros y Control Presupuestal. vii. Dirección de Reclutamiento, Selección de Personal y Desarrollo Organizacional. viii. Dirección de Control Patrimonial. b) Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones. i. Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico. ii. Dirección de Infraestructura Tecnológica. c) Dirección General de Información, Planeación, Programación y Evaluación. d) Dirección General de Bodega de Evidencias. e) Dirección General de Servicio de Carrera y Profesionalización. f) Unidad Coordinadora de Archivos. g) Instituto de Administración de Bienes Vinculados al Procedimiento Penal y a la Extinción de Dominio del Estado de México. i. Unidad de Custodia y Guarda de Bienes Asegurados puestos a disposición del Ministerio Público. XII. Visitaduría General a) Dirección de Supervisión y Control. b) Dirección de Investigación. c) Dirección de Evaluación Técnica Jurídica. XIII. Órgano Interno de Control a) Dirección de Atención Ciudadana, Denuncias y Auditorías. b) Dirección de Investigación. c) Dirección de Substanciación. d) Autoridad Resolutora. XIV. Las demás que determine la persona titular de la Fiscalía General Áreas de apoyo y coadyuvancia

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

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