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Artículo 7 del Reglamento de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe o la jefa de la Fiscalía General puede, por medio de un documento oficial llamado Acuerdo, crear grupos de trabajo como comités, consejos o comisiones. También puede crear otras oficinas administrativas que ayuden a que la Fiscalía funcione mejor. Todo esto lo puede hacer siempre y cuando siga lo que dice la Ley de la Fiscalía. Básicamente, tiene la facultad de organizar su equipo de trabajo para que todo salga bien.

Texto oficial

Artículo 7. La persona titular de la Fiscalía General mediante Acuerdo, podrá crear comités, consejos, comisiones u otras unidades administrativas de apoyo y coadyuvancia, en los términos de Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 29 de junio de 2026. Sin Reforma. REGLAMENTO DE LA LEY DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO 8 la Ley de la Fiscalía. Orden Jerárquico

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.