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Artículo 12 del Reglamento de la Ley para la Coordinación y el Control de los Organismos Auxiliares y Fideicomisos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Según la ley, los dueños o jefes de las instituciones (llamados Órganos de Gobierno) tienen la obligación de planear, vigilar, revisar y checar cómo trabajan y gastan el dinero los organismos auxiliares y los fideicomisos. O sea, ellos son los responsables de que todo funcione bien por dentro y de asegurarse de que no se desvíen recursos.

Texto oficial

ARTICULO 12.- Conforme a lo establecido en el Artículo 20 de la Ley, los Organos de Gobierno se encargarán de la programación, supervisión, control y evaluación de la operación interna de los Organismos Auxiliares y Fideicomisos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.