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Ley
Reglamento de la Ley para la Coordinación y el Control de los Organismos Auxiliares y Fideicomisos del Estado de México
Artículo
25

Artículo 25 del Reglamento de la Ley para la Coordinación y el Control de los Organismos Auxiliares y Fideicomisos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que los miembros que forman parte de los órganos de gobierno (como juntas directivas) y de los organismos auxiliares o fideicomisos (que son como fondos especiales para proyectos) deben seguir las reglas de las leyes o documentos legales que los crearon, además de lo que dice este capítulo de la ley. En otras palabras, su trabajo y sus poderes no son libres, sino que están limitados por esas reglas escritas.

Texto oficial

ARTICULO 25.- Las atribuciones de los integrantes de los Organos de Gobierno, de los Organismos Auxiliares y Fideicomisos se regulan por las leyes o Actos Jurídicos de su creación y por lo dispuesto en este Capítulo.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley para la Coordinación y el Control de los Organismos Auxiliares y Fideicomisos del Estado de México (pág. 12) ↗

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