Artículo 25 del Reglamento de la Ley para la Coordinación y el Control de los Organismos Auxiliares y Fideicomisos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que los miembros que forman parte de los órganos de gobierno (como juntas directivas) y de los organismos auxiliares o fideicomisos (que son como fondos especiales para proyectos) deben seguir las reglas de las leyes o documentos legales que los crearon, además de lo que dice este capítulo de la ley. En otras palabras, su trabajo y sus poderes no son libres, sino que están limitados por esas reglas escritas.
Texto oficial
ARTICULO 25.- Las atribuciones de los integrantes de los Organos de Gobierno, de los Organismos Auxiliares y Fideicomisos se regulan por las leyes o Actos Jurídicos de su creación y por lo dispuesto en este Capítulo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.