Artículo 45 del Reglamento de la Ley para la Coordinación y el Control de los Organismos Auxiliares y Fideicomisos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ninguna persona que forme parte del Órgano de Gobierno puede ser cortada o interrumpida mientras está hablando, a menos que alguien presente una "moción de orden", que es una petición formal para llamar la atención sobre una falta al reglamento durante la sesión.
Texto oficial
ARTICULO 45.- Ningún miembro del Organo de Gobierno podrá ser interrumpido mientras tengo la palabra, a menos de que se trate de una moción de orden.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.