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Ley
Reglamento de la Ley para la Coordinación y el Control de los Organismos Auxiliares y Fideicomisos del Estado de México
Artículo
45

Artículo 45 del Reglamento de la Ley para la Coordinación y el Control de los Organismos Auxiliares y Fideicomisos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ninguna persona que forme parte del Órgano de Gobierno puede ser cortada o interrumpida mientras está hablando, a menos que alguien presente una "moción de orden", que es una petición formal para llamar la atención sobre una falta al reglamento durante la sesión.

Texto oficial

ARTICULO 45.- Ningún miembro del Organo de Gobierno podrá ser interrumpido mientras tengo la palabra, a menos de que se trate de una moción de orden.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley para la Coordinación y el Control de los Organismos Auxiliares y Fideicomisos del Estado de México (pág. 15) ↗

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