Artículo 5 del Reglamento de la Ley para la Coordinación y el Control de los Organismos Auxiliares y Fideicomisos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que hay cuatro áreas del gobierno (Coordinación Global, Finanzas, Administración y Contraloría) que tienen la obligación de crear reglas internas sobre cómo trabajar, pero solo en los temas que les tocan a cada una. Además, esas mismas áreas deben checar que las otras oficinas del gobierno y los fideicomisos (como fondos para proyectos especiales) sigan esas reglas al pie de la letra. En pocas palabras, son las encargadas de poner orden y vigilar que todos hagan bien su chamba.
Texto oficial
ARTICULO 5.- Las Dependencias de Coordinación Global, Secretarías de Finanzas y Planeación, de Administración y de la Contraloría, son responsables de emitir las disposiciones administrativas en el ámbito de sus atribuciones y de controlar y evaluar su cumplimiento por parte de los organismos auxiliares y fideicomisos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.