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Artículo 118 del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si manejas un vehículo y arrollas a un animal pudiendo evitarlo, te pueden castigar según lo que dice el Código, sobre todo si lo hiciste a propósito o por descuido muy grande. Si fue sin querer y no en una carretera de alta velocidad, tienes la obligación de ayudar al animal que atropellaste. No importa si es un perro, un gato u otro animal, debes parar y auxiliarlo. Si no lo haces, podrías tener problemas legales.

Texto oficial

Artículo 118. Será sancionado en términos de lo dispuesto por el Código, el conductor de cualquier vehículo que pudiendo evitarlo, atropelle a un animal con intención o notable descuido. En caso de que el atropellamiento fuese involuntario y no tuviere lugar en vías de alta velocidad, el conductor tiene el deber de brindar auxilio al animal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 37) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.