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Ley
Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Artículo
31

Artículo 31 del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En las juntas o reuniones, pueden asistir invitados especiales que sepan mucho sobre cómo cuidar a los animales, pero solo para dar su opinión, no para votar. Para que entren, alguien tiene que proponerlos y la presidencia debe estar de acuerdo. Su participación es solo para compartir sus experiencias y ayudar a entender mejor el tema.

Texto oficial

Artículo 31. En las sesiones podrán participar con voz pero sin voto, y a propuesta de la presidencia, los invitados especiales que se consideren aportarán experiencias en materia de protección y bienestar animal.

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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