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Artículo 33 del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 33 dice que cualquier aviso de junta o reunión debe incluir una lista de lo que se va a tratar, llamada "orden del día". Esta lista debe tener por lo menos estos puntos: primero, pasar lista y confirmar que haya suficientes personas para tomar decisiones (eso es el "quórum legal"). Después, aprobar el acta de la junta pasada, leer y aceptar el orden del día, reportar cómo van los acuerdos anteriores, discutir los temas importantes, atender asuntos generales y, por último, cerrar la sesión.

Texto oficial

Artículo 33. Las convocatorias deberán contener además, el orden del día y se dará cuenta de los asuntos por tratar, considerando como mínimo, los siguientes apartados: I. Lista de asistencia y declaratoria de quórum legal. II. Aprobación de la minuta de la sesión anterior. III. Lectura y aprobación del orden del día. IV. Informe del seguimiento de acuerdos. V. Asuntos específicos a tratar. VI. Asuntos generales. VII. Clausura de la sesión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.