Artículo 5 del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que varias autoridades deben ayudar a que este reglamento se cumpla. La primera es la Secretaría de Seguridad Ciudadana, que se encarga de la seguridad en tu comunidad. La segunda es SEDAGRO, que es una dependencia del gobierno enfocada en el campo y la agricultura. También pueden sumarse otras que digan las leyes correspondientes.
Texto oficial
Artículo 5. Corresponde coadyuvar en la aplicación del presente Reglamento a las siguientes autoridades: I. Secretaría de Seguridad Ciudadana. II. SEDAGRO. III. Las demás que determinen las disposiciones jurídicas aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.