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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl513/5
Ley
Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Artículo
5

Artículo 5 del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que varias autoridades deben ayudar a que este reglamento se cumpla. La primera es la Secretaría de Seguridad Ciudadana, que se encarga de la seguridad en tu comunidad. La segunda es SEDAGRO, que es una dependencia del gobierno enfocada en el campo y la agricultura. También pueden sumarse otras que digan las leyes correspondientes.

Texto oficial

Artículo 5. Corresponde coadyuvar en la aplicación del presente Reglamento a las siguientes autoridades: I. Secretaría de Seguridad Ciudadana. II. SEDAGRO. III. Las demás que determinen las disposiciones jurídicas aplicables.

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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