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Artículo 67 del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Técnico tiene que escoger los proyectos que se van a apoyar usando un método que ellos decidan. Una vez que elijan, van a emitir un documento oficial (llamado dictamen de procedencia) para decir que el proyecto es válido. Con ese documento, la Secretaría le va a pedir a la Secretaría de Finanzas que suelte el dinero a nombre de las personas o empresas que ganaron. En otras palabras, primero se elige quién recibe el apoyo y luego se gestiona el pago.

Texto oficial

Artículo 67. Una vez realizado el procedimiento de selección de proyectos que para tal efecto se determine, el Consejo Técnico procederá a emitir dictamen de procedencia con el cual, la Secretaría Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 17 de julio de 2013. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DEL LIBRO SEXTO DEL CÓDIGO PARA LA BIODIVERSIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO 23 solicitará a la Secretaría de Finanzas la liberación de los recursos a nombre de las personas físicas o jurídicas colectivas que resulten beneficiadas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.