Artículo 16 del Reglamento de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los municipios (gobiernos locales) son los encargados de operar la ventanilla única. Su trabajo es ayudar a que los trámites sean más fáciles para ti, coordinando todo con las áreas del gobierno que revisan tus papeles y expedientes. También deben orientarte sobre los trámites, servicios y programas que necesitas para obtener licencias de funcionamiento para tu negocio. Además, se encargan de avisarte cómo va tu trámite, de coordinar con gobiernos federal, estatal y municipal, y de hacer publicidad de los servicios que ofrece la ventanilla única.
Texto oficial
Artículo 16. La operación de la ventanilla única le corresponde a los municipios, mediante la realización de las acciones siguientes: I. Coordinar la gestión de trámites con las áreas involucradas, a través de la implementación de mecanismos para la recepción, integración y verificación de los expedientes que presenten los particulares. II. Orientar a los particulares sobre los trámites, servicios, programas y acciones a realizar para la obtención de las licencias de funcionamiento. III. Realizar las notificaciones correspondientes a la gestión de los trámites, en el ámbito de su competencia. IV. Determinar los esquemas de coordinación federal, estatal y municipal, así como de control de procesos y seguimiento de los trámites de las unidades económicas. V. Difundir por los medios que sean considerados como idóneos, los trámites y servicios ofrecidos a través de la ventanilla única para la instalación, operación, apertura y funcionamiento de unidades económicas. VI. Las demás que se establezcan en otros ordenamientos aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.