- Ley
- Reglamento de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
- Artículo
- 22
Artículo 22 del Reglamento de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El permiso para abrir un negocio lo da el municipio (el gobierno de tu ciudad o pueblo), no el estado ni la federación. Cada municipio tiene sus propias reglas para darlo, así que debes cumplir con lo que pida el de tu localidad. No hay un permiso único que sirva para todo el país; todo depende de dónde esté tu establecimiento.
Texto oficial
Artículo 22. La expedición de licencias de funcionamiento es de carácter municipal y se deberá apegar a las disposiciones reglamentarias de cada municipio. SECCIÓN SEGUNDA DEL REGISTRO ESTATAL DE UNIDADES ECONÓMICAS
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.