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Artículo 27 del Reglamento de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Rector es un grupo de personas que toman decisiones importantes sobre cómo se maneja algo. Este artículo dice que todo lo que viene en esta sección de la ley sirve para definir cómo se forma ese grupo, cómo se organiza y cómo trabaja. Básicamente, son las reglas para que el Consejo Rector funcione bien. No entres en pánico: solo están explicando que van a detallar cómo debe operar ese consejo.

Texto oficial

Artículo 27. El presente Capítulo tiene por objeto regular la integración, organización y funcionamiento del Consejo Rector.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.