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Artículo 70 del Reglamento de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Antes de que te devuelvan algo que dejaste empeñado, la Secretaría de Finanzas tiene que checar que estés al corriente con tus pagos de revalidaciones (como los refrendos del permiso) y que no debas nada por multas o infracciones relacionadas con la Ley o este Reglamento. Si tienes algún adeudo, no te van a reponer lo que dejaste en empeño. En otras palabras, para recuperar tus cosas, primero asegúrate de no tener cuentas pendientes con el gobierno.

Texto oficial

Artículo 70. La Secretaría de Finanzas, antes de otorgar cualquier reposición, deberá verificar que los permisionarios se encuentren al corriente en el pago de las revalidaciones y que no tengan adeudos por infracciones a la Ley o a este Reglamento. SECCIÓN PRIMERA OBLIGACIONES DEL PERMISIONARIO DE LAS CASAS DE EMPEÑO Y COMERCIALIZADORAS Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 14 de septiembre de 2015. Última reforma POGG 5 de septiembre de 2016 REGLAMENTO DE LA LEY DE COMPETITIVIDAD Y ORDENAMIENTO COMERCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO 22

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.