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Artículo 81 del Reglamento de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Imagínate que quieres tramitar o renovar tu constancia como valuador. Pues bien, la ley te pide que, además de cumplir con otros requisitos, en tu solicitud anotes la dirección exacta del negocio o empresa donde trabajas o vas a trabajar. Es como para que el gobierno sepa en qué lugar vas a andar haciendo tus servicios. Nada del otro mundo, solo asegurarte de poner el domicilio de tu trabajo en el formulario.

Texto oficial

Artículo 81. Para la tramitación de la constancia de inscripción de valuador así como de la renovación, el solicitante, además de lo dispuesto en la Ley, deberá señalar en su solicitud el domicilio de la unidad económica en donde presta o prestará sus servicios. SECCIÓN TERCERA DE LA CLAUSURA DE LAS CASAS DE EMPEÑO Y COMERCIALIZADORAS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.