Artículo 81 del Reglamento de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Imagínate que quieres tramitar o renovar tu constancia como valuador. Pues bien, la ley te pide que, además de cumplir con otros requisitos, en tu solicitud anotes la dirección exacta del negocio o empresa donde trabajas o vas a trabajar. Es como para que el gobierno sepa en qué lugar vas a andar haciendo tus servicios. Nada del otro mundo, solo asegurarte de poner el domicilio de tu trabajo en el formulario.
Texto oficial
Artículo 81. Para la tramitación de la constancia de inscripción de valuador así como de la renovación, el solicitante, además de lo dispuesto en la Ley, deberá señalar en su solicitud el domicilio de la unidad económica en donde presta o prestará sus servicios. SECCIÓN TERCERA DE LA CLAUSURA DE LAS CASAS DE EMPEÑO Y COMERCIALIZADORAS
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.