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Artículo 93 del Reglamento de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que varias dependencias del gobierno, como las Secretarías de Finanzas y de Desarrollo Económico, una oficina llamada COPRISEM y los ayuntamientos (es decir, los gobiernos municipales), son las responsables de llevar a cabo el proceso para aplicar multas o castigos. Esas autoridades tienen que recibir la queja o el reporte, analizar el caso, estudiarlo y luego decidir si corresponde o no aplicar una sanción, siguiendo lo que marca la ley. En pocas palabras, ellos son los encargados de todo el papeleo y las decisiones sobre si te multan o no.

Texto oficial

Artículo 93. Las Secretarías de Finanzas, y de Desarrollo Económico, la COPRISEM y los ayuntamientos, a través de la unidad administrativa respectiva, serán en el ámbito de su competencia las encargadas de la substanciación del procedimiento administrativo para la imposición de sanciones que incluye la recepción, análisis, estudio y resolución que determine la procedencia o improcedencia de las sanciones de conformidad con lo señalado en la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.