Artículo 94 del Reglamento de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te toca ir a una audiencia por una infracción (como una multa o sanción), tú, como dueño del negocio, representante legal o quien pidió el permiso, debes llevar un escrito por duplicado (original y copia). También tienes que llevar todas las pruebas que tengas (como fotos, videos o documentos) y presentarlo todo el día y a la hora que te señalaron. Ahí vas a exponer tus pruebas, defenderte y dar tus argumentos sobre los hechos que te acusan.
Texto oficial
Artículo 94. El permisionario, peticionario, representante legal o titular de la unidad económica, deberá presentar su escrito acompañado de una copia, adjuntando las pruebas pertinentes, día, hora y lugar que se haya señalado para que tenga verificativo la garantía de audiencia, ofrecimiento y desahogo de pruebas y de alegatos, en relación con los hechos constitutivos de la infracción.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.