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Artículo 16 del Reglamento de la Ley de Voluntad Anticipada del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una persona firma su testamento vital (documento donde dice qué tratamientos médicos quiere o no recibir al final de su vida) sin seguir las reglas que marca la ley, ese documento no sirve para nada. Es como si nunca lo hubiera hecho. Tampoco vale si alguien firma un papel para cancelar ese testamento vital sin cumplir con los requisitos legales. La ley dice que todo debe hacerse correctamente frente a un notario y con testigos. Si no, aunque esté escrito y firmado, no tendrá ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 16. El Acta, Escritura o revocación de la Voluntad Anticipada suscrita en contravención a lo dispuesto por la Ley y el presente Reglamento es nula. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 10 de abril de 2014. Última reforma POGG 07 de noviembre de 2019 REGLAMENTO DE LA LEY DE VOLUNTAD ANTICIPADA DEL ESTADO DE MÉXICO 8

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.