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Artículo 15 del Reglamento de la Ley para el Uso de Medios Electrónicos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Unidad es la dependencia encargada de hacer que los trámites y servicios se puedan hacer por internet. Para lograrlo, debe seguir las reglas sobre cómo usar las computadoras, programas y redes. En otras palabras, esta área se asegura de que puedas realizar gestiones en línea de forma fácil y segura. Todo esto lo hace cumpliendo con las normas tecnológicas que ya están definidas.

Texto oficial

Artículo 15. La Unidad es la responsable de la automatización de los trámites y servicios electrónicos, de acuerdo con las especificaciones en materia de uso de tecnologías de información y comunicaciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.